11.18.2013

Informe de evaluación de la programación y ejecución de los recursos de Sistema General de Participaciones - Resguardos Indígenas, vigencia 2012.

Planeación Departamental entrega este informe en cumplimiento del artículo 83 de la ley 715 de 2001.

Indígenas Wayuu, beneficiarios de recursos del estado


Riohacha, 18 de noviembre de 2013. En el informe se evaluó la documentación de programación y administración de 22 resguardos; Riohacha: Alta y Media Guajira, Las Delicias, Manniature,  Monte Armón, Soldado Párate Bien, Unaapuchon, Perratpu;  Albania, Cuatro De Noviembre; Barrancas: El Zahino Guayabito Muriaytuy, Provincial, San Francisco, Trupiogacho - La Meseta, Cerrodeo; Distracción: Caicemapa, Potrerito; Hatonuevo: Wayuu de Lomamato, Cerro de Hatonuevo, Wayuu Rodeíto El Pozo; Maicao:  Alta y Media Guajira; Manaure, Alta y Media Guajira; San Juan  del Cesar: Kogui-Malayo-Arhuaco; Uribia:  Alta y Media Guajira; ubicado en nueve municipios.

 Información suministrada por el director departamental de Planeación, Cesar Arismendi Morales, en donde indicó que los Resguardos para la vigencia 2012, según los CONPES Sociales 148 y 158; tenían disponibles para programar recursos hasta un monto de $29.651.734.816 millones de pesos, correspondientes a la última doceava de la vigencia 2011 y las once doceavas  de la vigencia 2012.

Indígenas Wayuu
En la evaluación de los documentos de programación de los recursos de AESGPRI (Asignaciones Especiales del Sistema General de Participaciones  Resguardos Indígenas)   de la vigencia 2012, de los resguardos que llevaron a cabo el proceso, se hallaron debilidades  frente a la baja participación que tienen las autoridades tradicionales del resguardo en el momento de definir y priorizar  el destino de los recursos AESGPRI.

Esta debilidad está relacionada con el bajo cumplimiento de los componentes   del proceso de programación evaluados, componentes tales como conocer el monto de recursos a programar, incorporar  la totalidad de los recursos disponibles en el presupuesto del resguardo, evidencia de mecanismo desarrollados por el resguardo dentro de su autonomía para garantizar la participación de las autoridades en la toma de decisiones y en la priorización de la inversión, lineamientos del resguardo para la suscripción del contrato, realización de las concertaciones de programación antes del vencimiento de los términos legales para la suscripción del contrato de administración, evidencia en las actas de los proyectos de inversión fueron programados y priorizados por el resguardo   y finalmente la correcta formulación de los proyectos.
Ahora discriminado el comportamiento de los resguardos en cada uno de los componentes evaluados:  en el acceso de la información de los recursos disponibles de la vigencia,  solo el 54% de los resguardos evidenciaron en sus actas conocer dichos recursos e informarlo a todos los asistentes de la asamblea, el 15% de los resguardos no programaron o no reportaron información, y el restante 31% programaron sin conocer el monto de los recursos a programar, incumpliendo el derecho de las  comunidades y sus autoridades tradicionales de priorizar y programar la inversión de sus recursos en total autonomía.   

Al comparar entre los recursos asignados para la vigencia –ultima doceava 2011 once doceava 2012-  y los recursos incorporados por  los resguardos en su presupuesto de inversión, solo el 19% incorporaron en su programación el 100% de los recursos asignados, (tres resguardos del municipio de Hatonuevo y el resguardo Zaino-Guayabito-Muriatuy de Barrancas); siete resguardos  (resguardos del municipio de Riohacha)  programaron antes de la publicación de los dos CONPES 145-148 y  cuatro(resguardos municipio de Barrancas a excepción del Zaino - Guayabito - Muriatuy) programaron antes de la publicación solo del CONPES 148, y no ajustaron programación a la publicación de los CONPES, la diferencia que presentan se aproxima a este ajuste; tres resguardos programaron posterior a la publicación de los CONPES, a pesar de estar publicado los recursos disponibles para la vigencia no lo programaron en sus totalidad, caso de los dos resguardos de Distracción con la programación de 92% de sus recursos y el resguardo Alta y Media Guajira del municipio de Manaure, que solo programó el 67%; y cuatro resguardos que en su programación inicial desconocían el monto de los recursos, resguardo Alta y Media Guajira de los municipios de Uribia y Maicao, Cuatro de Noviembre de Albania, Kogui - Malayo - Arhuaco de San Juan; posteriormente el resguardo Alta y Media Guajira de Uribia en asamblea de 13 de marzo, asamblea de ajuste de su programación, programa la totalidad de los recursos.

Continuando con la evaluación de los componentes del proceso de programación,  en la participación de los resguardos y sus miembros, ninguno evidencia en sus actas mecanismo dentro de la autonomía indígena que garantice la participación de todas las autoridades tradicionales en la decisiones y en la priorización de la inversión de los recursos; de los lineamientos para la suscripción del contrato,   solo el 8% de los resguardos expresó en su acta de concertación la firma autorizada de parte del resguardo para la suscripción del mismo; en los tiempos de programación, el 27% de los resguardos programó antes del 31 de diciembre de 2012 necesario para que el contrato de administración cumpla con la fecha limite estipulada legalmente; en la definición y priorización de la inversión por proyectos, el 42% de los resguardos  definió en sus actas los proyectos de inversión de su interés y asignó los recursos a cada proyecto; de los proyectos suministrados para esta evaluación formuladas por los resguardos ninguno cumple con los componentes mínimos de un proyecto de inversión pública debidamente formulado.

Adicional a los componentes expuestos de la evaluación, también se analizaron la incorporación de recursos de vigencias anteriores, incorporación de rendimientos financieros, la calidad de las actas como documento, donde se halló  que el 45% de las actas suministradas tienen observaciones –enmendaduras, tachones, incongruencia en fecha-que comprometen la coherencia del documento.

Finalizada la evaluación del proceso de programación continúa la administración y ejecución de los recursos de AESGPRI, veintidós resguardos suscribieron contrato de administración, es decir el 85% de los resguardos del departamento de La Guajira.

Esta evaluación refleja que los procesos de ejecución no ayudan a fortalecer la programación, al revisar los componentes en que se ha dividido el proceso para esta evaluación, refleja un cumplimiento mínimo de las entidades territoriales. Los componentes analizados  son: estar soportado el contrato por un acta o documento que contenga las decisiones del resguardo, el 84% de los contratos de administración cumplieron con el acta como soporte de las decisiones del resguardo para llevar a cabo la suscripción, pero en el 23% de contratos no coincide ni el numero ni la fecha del acta citado en el contrato y el acta entregada como soporte; estar anexados a los contratos los proyectos de inversión que presenta cada resguardo, solo el 36% de los resguardos  tiene anexo a su contrato de administración los proyectos de inversión, independiente de su calidad,  la cual se evaluó en la etapa de programación; cumplir en la suscripción del contrato los lineamiento del resguardo y sus autoridades tradicionales,  el 27% de los contratos se suscribió con las firmas autorizadas por el resguardo en sus actas de concertación;  estar en concordancia lo expresado por el resguardo en las actas de concertación y lo autorizado en el contrato de administración, al 27% de los resguardos, la entidad territorial  le respetó la decisión tomada por las autoridades tradicionales en las actas de concertación, en el restante no coincide lo consignado en el acta y lo autorizado en el contrato; cumplir con la fecha de suscripción del contrato –antes del 31 de diciembre del 2011-, el 27% de los resguardos suscribió contrato antes del 31 de diciembre de 2011; haber correspondencia  entre lo contratado y lo ejecutado presupuestalmente, según reporte FUT como recursos comprometidos al 31 de diciembre de 2011, al 19% de los resguardos se le cumplió lo definido en los contratos, frente a lo ejecutado presupuestalmente y cumplir con  los registros administrativos de entrega de los bienes y servicios adquiridos con los recursos de AESGPRI, al 15% de los resguardos la entidad territorial realizó registro administrativos de entrega de los bienes y servicios adquiridos a cargo de los recursos AESGPRI. 


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